Jubilación

Los hombres triplican su acceso al complemento de pensiones por brecha de género en solo un año

La evolución del complemento por brecha de género en las pensiones españolas ha experimentado un giro radical en los últimos doce meses. Desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminara en mayo de 2025 que los requisitos previos eran discriminatorios para los hombres, el número de varones que acceden a esta prestación se ha multiplicado por tres, pasando de 154.000 beneficiarios a casi medio millón.

Esta transformación responde a la eliminación de la obligatoriedad de demostrar que la carrera laboral masculina se vio afectada por el cuidado de los hijos, requisito que anteriormente no se exigía a las mujeres. El fallo judicial equiparó las condiciones de acceso para ambos géneros, desencadenando una avalancha de solicitudes masculinas que ha reconfigurado por completo el panorama de esta ayuda económica.

Cambio drástico en la composición de beneficiarios

Los datos publicados por el Ministerio de Seguridad Social revelan una modificación sustancial en el perfil de quienes perciben el complemento. En agosto de 2025, las mujeres representaban el 86,2% del total de beneficiarios, una cifra que ha descendido hasta el 70,25% en la actualidad. Esto significa que actualmente uno de cada tres perceptores son hombres, cuando hace apenas un año esta proporción era insignificante.

En términos absolutos, el sistema contabiliza ahora 1,66 millones de pensiones complementadas, de las cuales 1.167.284 corresponden a mujeres y el resto a varones. El incremento masculino ha sido especialmente notable: 335.423 hombres más se han sumado al registro en solo doce meses, lo que representa un crecimiento del 250%. Para contextualizar esta magnitud, mientras el número de varones con el plus aumentó en esa proporción astronómica, el de mujeres creció un 22%, evidenciando que el 61% de los nuevos complementos aprobados fueron para hombres.

Funcionamiento y cuantías del complemento

Este complemento económico consiste en un importe adicional que se suma a la pensión contributiva del beneficiario. La cantidad exacta depende del número de hijos que tenga el pensionista, estableciéndose una suma fija de 36,9 euros mensuales por cada hijo, con un tope máximo de cuatro descendientes. De media, el plus asciende a 76,8 euros extra sobre la pensión ordinaria.

La distribución de beneficiarios según el número de hijos muestra que el grupo mayoritario es el de aquellos con dos hijos, representando el 50,8% del total con 844.607 pensiones. Le siguen los progenitores con un solo hijo (23,6%, equivalente a 391.640 pensiones), los que tienen tres hijos (17,5%, con 291.346 beneficiarios) y, finalmente, quienes cuentan con cuatro o más descendientes (8,1%, correspondiente a 133.971 pensiones).

Una particularidad fundamental del sistema es que el complemento es único por hogar familiar. Esto significa que solo uno de los dos progenitores puede percibirlo, lo que ha generado situaciones complejas en su gestión administrativa y ha motivado críticas por parte de los agentes sociales.

Controversia en la asignación y peticiones sindicales

El mecanismo actual de asignación establece que la Seguridad Social reconoce el complemento al primer progenitor que lo solicita. Cuando el otro progenitor presenta posteriormente su solicitud, si su pensión resulta ser de menor cuantía, puede indicar que tiene derecho al complemento, momento en el cual el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) procede a retirar el pago al primero y trasladarlo al segundo.

Los sindicatos UGT y CCOO han manifestado su preocupación por este procedimiento, advirtiendo que genera desigualdades involuntarias. Como los hombres suelen jubilarse antes debido a la diferencia de edad habitual entre los progenitores y a sus carreras de cotización más largas, son ellos quienes frecuentemente solicitan primero el complemento. Si la pareja femenina no realiza activamente la gestión administrativa cuando le corresponda jubilarse, el varón continuará percibiendo indefinidamente una ayuda que, en teoría, fue concebida originalmente para compensar la brecha de género que afecta mayoritariamente a las mujeres.

La principal demanda sindical consiste en que el INSS ejecute esta reasignación de oficio, sin necesidad de que la pensionista tenga que solicitarlo expresamente. Hasta la fecha, el Ministerio de Seguridad Social no ha implementado ningún cambio normativo en este sentido, pese a haber transcurrido más de un año desde la sentencia europea.

Propuestas de reforma sin materializar

El departamento ministerial llegó a plantear a los agentes sociales una modificación legislativa que exigiría demostrar el impacto real en la carrera profesional para acceder al complemento. La propuesta incluía tres criterios alternativos: acreditar más de noventa días sin cotización entre los nueve meses previos al nacimiento y los seis años posteriores; demostrar que las bases de cotización de los veinticuatro meses posteriores al nacimiento fueron un 10% inferiores a las de los veinticuatro meses anteriores; o justificar ausencia de cotizaciones o menos de 180 días cotizados antes del nacimiento o adopción del hijo.

Sin embargo, ninguna de estas condiciones ha sido incorporada a la normativa vigente, quedando la propuesta en un simple borrador sin recorrido parlamentario. Esta inacción gubernamental ha alimentado el descontento de organizaciones feministas y sindicatos, que consideran que el complemento está perdiendo su razón de ser original: compensar las carreras de cotización más cortas y discontinuas que típicamente caracterizan las trayectorias laborales femeninas debido a las responsabilidades de cuidado.

En clave: Por qué importa

La evolución del complemento por brecha de género ilustra las complejidades inherentes a diseñar políticas de igualdad que, al mismo tiempo, respeten el principio de no discriminación en todas direcciones. El sistema de pensiones español enfrenta el desafío de proteger a las mujeres cuyas carreras laborales se vieron efectivamente perjudicadas por las responsabilidades familiares, sin incurrir en discriminaciones que vulneren el derecho comunitario europeo.

El crecimiento exponencial del número de beneficiarios masculinos plantea interrogantes sobre la sostenibilidad financiera de la medida y su coherencia con el objetivo originario. Si la tendencia actual continúa sin modificaciones legislativas, en pocos años la composición de beneficiarios podría equipararse completamente entre géneros, diluyendo el carácter compensatorio que justificaba esta prestación adicional.

Para los pensionistas actuales y futuros, esta situación genera incertidumbre sobre la permanencia del complemento en su forma actual. Las presiones para reformar el sistema son crecientes, tanto desde posiciones que defienden endurecer los requisitos de acceso masculino, como desde quienes propugnan una revisión integral que vincule estrictamente el complemento con la demostración objetiva del perjuicio laboral sufrido, independientemente del género del solicitante.

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