Finaliza el periodo transitorio y entran en vigor nuevas penalizaciones que impactarán en las pensiones de miles de futuros jubilados.
Muchas personas, tras alcanzar los años de cotización requeridos, valoran la opción de adelantar su jubilación para disfrutar antes de su merecido descanso, incluso si esto implica una merma en el importe de su pensión. Sin embargo, el panorama ha cambiado significativamente con la llegada de 2026.
Actualmente, la edad ordinaria de jubilación se sitúa en 66 años y 10 meses para aquellos con menos de 38 años y tres meses cotizados. Quienes superen esta cifra, pueden jubilarse a los 65 años, según lo establecido en la ley 27/2011.
Para quienes buscan una jubilación anticipada voluntaria, las condiciones son las siguientes: a partir de los 63 años si han cotizado más de 38 años y tres meses; y desde los 64 años y 10 meses si cuentan con 35 años o más de cotización. No obstante, las penalizaciones asociadas a esta decisión han endurecido sus términos.
El fin de una década de condiciones más favorables
Durante los últimos diez años, un periodo transitorio ofreció condiciones más benignas para la jubilación anticipada. La penalización se aplicaba como una reducción fija del 0,5% por cada trimestre de adelanto, calculándose sobre el importe máximo de la pensión. Este sistema beneficiaba especialmente a aquellos con bases de cotización más altas.
Con el cierre de este periodo transitorio en 2026, entra en plena vigencia la Ley General de la Seguridad Social, y concretamente su artículo 208, que detalla las nuevas penalizaciones para la jubilación anticipada por voluntad del interesado.
Nuevos porcentajes de reducción
Las reducciones ahora se aplican sobre la base reguladora de la pensión y varían según los meses de adelanto y el periodo cotizado. Por ejemplo, si se opta por una jubilación con 24 meses de antelación, los porcentajes de reducción son:
- 21% si el periodo cotizado es inferior a 38 años y seis meses.
- 19% si el periodo cotizado es igual o superior a 38 años y seis meses, e inferior a 41 años y seis meses.
- 17% si el periodo cotizado es igual o superior a 41 años y seis meses, e inferior a 44 años y seis meses.
- 13% si el periodo cotizado supera los 44 años y seis meses.
Estos coeficientes, vigentes desde 2025, marcan una diferencia notable. Antes del fin de la moratoria, jubilarse dos años antes suponía recortes que oscilaban entre el 7,40% y el 9,10%. Comparando el 9,10% anterior con el 21% actual para ciertos supuestos, la pérdida para el bolsillo de los jubilados podría rondar los 400 euros mensuales.
En Clave
La conclusión del periodo transitorio en 2026 marca un antes y un después para la planificación de la jubilación en España. Las nuevas penalizaciones, sustancialmente más elevadas, buscan desincentivar el retiro anticipado y fortalecer la sostenibilidad del sistema de pensiones a largo plazo. Esta medida impactará directamente en las decisiones de miles de trabajadores que aspiraban a jubilarse antes, obligándoles a recalcular sus proyecciones financieras y, posiblemente, a extender su vida laboral para mitigar la pérdida económica. Es fundamental que los futuros pensionistas se informen detalladamente y planifiquen con antelación para adaptarse a este nuevo escenario.



